Es aquella practicada por un organismo o persona ajena a la empresa solidaria, la que puede ser, preferentemente, una institución auxiliar, una empresa solidaria especializada o el organismo de integración, por ejemplo, una Federación. Se utiliza para asegurar la objetividad o imparcialidad del proceso mismo, o cuando los órganos internos de la empresa solidaria no estén en capacidad técnica para realizarla.
García Müller, Alberto / Derecho cooperativo mutual y de la economía social y solidaria: glosario. Mérida-Bogotá: CIRIEC, 2017
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