Cooperativa que tiene por objeto el mantenimiento, conservación o administración de viviendas: se confiere a la entidad de vivienda el carácter de administrador de la comunidad de propietarios, en cuyo caso serían simultáneas las condiciones de propietario y asociado.
García Müller, Alberto / Derecho cooperativo mutual y de la economía social y solidaria: glosario. Mérida-Bogotá: CIRIEC, 2017
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